Sentemos a cuarenta abogados a hablar sobre “melódica”. Todos deben tener leído el texto sobre “panorama actual de la melódica en la música contemporánea”; el apunte de “La melódica y sus formas de ejecución en los albores del siglo XXI”, o la segunda edición de “Reformas a la melódica, compendio jurisprudencial”.
Lógicamente todos tienen que saber el art. 784 del Código Musical de
memoria, con sus 12 incisos donde establece todos los tipos de "melódica". Y se toman todos.
Luego de esas lecturas les diré que estamos en presencia de un instituto que es parecido prima facie
a un piano, pero no lo es. Es más, es ciento cincuenta veces más chico y
más barato. Pero igualmente tiene teclas así que uno usa sus manos,
pero también tiene que soplar porque si no no suena. ¡Rarísimo! Tiene
teclas blancas y negras just lik a
piano. ¡Pero es un aerófono! O sea, tocar teclas y soplar. Pero tiene
las teclas negras y blancas que al tocarlas nada pasa; ah, y tiene
—conforme lo sostiene unánimemente la doctrina— un problema de tesitura
dado que es bastante reducida (limitada según algunos autores). Puede
ser de varios colores, dependiendo del fabricante, la marca, el precio,
la forma y el modelo.
A los diez días tomo examen sobre la
melódica. Seguramente escriban todo eso que dije de memoria, o lo que
dicen los apuntes doctrinarios de memoria y me van a decir los doce
tipos de melódica de memoria, conforme art. 784 del Código Musical.
Capaz se sacan diez. Seguramente se lo saquen.
Pero tanto más fácil es si voy la primer clase y con una melódica en mano me siento y la hago sonar un ratito.
por
Tomás Marino
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